Texto oficial
Artículo 50 B.- En lo no previsto por el procedimiento
establecido en el párrafo 2° de este Título, se estará a
lo dispuesto en las leyes N°s 18.287 y 15.231 y, en
subsidio, a lo dispuesto en las normas contenidas en el Ley N° 21.081
Código de Procedimiento Civil. En el caso del procedimiento Art. 1 N° 24
contemplado en el párrafo 3° de este Título, en lo no D.O. 13.09.2018
previsto se estará a lo dispuesto en las normas del Código
de Procedimiento Civil.