Texto oficial
Ley N° 21.081
Artículo 50 I.- El mismo procedimiento señalado en el Art. 1 N° 30
artículo precedente se aplicará en caso de que el D.O. 13.09.2018
consumidor escoja perseguir la responsabilidad
contravencional del proveedor ante el juzgado de policía
local competente, de conformidad a lo dispuesto en el inciso
primero del artículo 50 A.