Saltar al contenido

Artículo 20 del Decreto 6

Aprueba reglamento del fondo nacional de desarrollo cultural y las artes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160647 / 10236894.

Texto oficial

Artículo 20: Duración de los Proyectos. Las bases de cada concurso establecerán la duración máxima de los proyectos de que se trate. Asimismo, podrán establecer para ciertas categorías de postulantes, con mayor experiencia o trayectoria, proyectos con varias etapas, que deban ser sometidos a una evaluación intermedia durante el respectivo período de ejecución, a modo de asegurar el correcto empleo de los recursos y la adecuada continuidad de las actividades. En todo caso, si un proyecto implica en su ejecución el uso de recursos de presupuestos futuros, las respectivas bases y convenios deberán establecer que dichos recursos quedarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria que se establezca en la respectiva Ley de Presupuestos.