Texto oficial
Artículo 4.- La presente resolución entrará en vigencia el día 1 de julio de 2021, fecha a partir de la cual quedará derogada la resolución exenta N° 4.023, del año 2013, de este origen.
Instruye al departamento agencia nacional de medicamentos acerca de la forma en que deberá ejercerse la facultad establecida en el inciso segundo del artículo 96 del código sanitario, en lo relativo a la determinación de régimen de control sanitario y crea comité de expertos para su asesoramiento, derogando la resolución n° 4.023 exenta, del año 2013, y sus modificaciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160857 / 10241334.