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Artículo tercero de Resolución 1091 EXENTA

Dispone medida extraordinaria en relación a la realización de actividades de difusión en establecimientos de educación pública y/o en las comunidades próximas a ellos, en el marco de la ejecución de convenios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1161991 / 10246303.

Texto oficial

Artículo tercero: Adóptense las medidas administrativas que resulten necesarias, tanto por las respectivas dependencias de esta Subsecretaría de las Culturas y las Artes, así como por las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio del país, a objeto que, en mérito de lo resuelto en el artículo primero de esta resolución, se proceda con el cierre administrativo de los convenios de ejecución de proyectos, según corresponda, conforme los Certificados de Ejecución Total emitidos por los/as Secretarios/as Regionales Ministeriales o por el/la funcionario/a que corresponda en el caso de los convenios suscritos a Nivel Central y de conformidad a la normativa vigente.