Texto oficial
Artículo primero.- Esta ley entrará en vigencia transcurridos quince meses desde su publicación en el Diario Oficial. Los plazos a que se refiere el artículo 4 comenzarán a correr una vez que entre en vigencia esta ley.
Establece normas sobre composición, etiquetado y comercialización de los fertilizantes y bioestimulantes
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