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Artículo 4° del Decreto 1136

Autoriza emisión de valores representativos de deuda pública directa, para su colocación en el mercado de capitales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1162067 · idParte: 10247067

Texto oficial

Artículo 4°.- Los recursos líquidos obtenidos de la colocación de los valores representativos de deuda pública directa incluidos en este decreto se destinarán a cumplir obligaciones de la Partida 50, Programa 01-03-30, Operaciones Complementarias - Adquisición de Activos Financieros.