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Artículo 15 de la Ley S/N · Procedimiento judicial en asuntos de 150 a 1000 pesos.

Procedimiento judicial en asuntos de 150 a 1000 pesos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1162236 · idParte: 10344751

Texto oficial

Art. 15. Los testigos de cada parte serán examinados uno a uno principiando por los del demandante. El testigo examinado permanecerá en la sala del Juzgado o en lugar diverso del que ocupan los testigos que aún no han declarado, hasta que se levante la sesion de prueba.