Texto oficial
Art. 16. Cada parte podrá pedir que el testigo ya examinado i cuyo testimonio se hallare en oposicion con el de otro, sea careado con este.
Procedimiento judicial en asuntos de 150 a 1000 pesos.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162236 / 10344752.