Saltar al contenido

Artículo octavo del Decreto 10

Crea comisión asesora ministerial científica para el establecimiento de un sistema de vigilancia genómica covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162932 / 10254917.

Texto oficial

Artículo octavo. En cada sesión de la Comisión el Secretario/a Técnico/a deberá levantar un acta de las materias tratadas, en la que se dejará constancia de, al menos, lo siguiente: a. Fecha y hora de inicio y término de la respectiva sesión. b. Nombre de las personas que asistieron a la sesión. c. Materias analizadas en la correspondiente sesión, a través de una relación sumaria de los antecedentes y el debate o discusión sobre las mismas, en su caso, y d. Acuerdos adoptados por la Comisión. El acta será presentada a la Comisión en la siguiente sesión a fin de que los miembros asistentes puedan formular las observaciones que estimen pertinentes. El acta deberá ser aprobada por los miembros asistentes a la sesión respectiva y suscrita por el Secretario/a Técnico/a.