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Artículo 38° del Decreto 5162

Modifica y actualiza ordenanza comunal de participación ciudadana y convivencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163577 / 10259144.

Texto oficial

Artículo 38°.- Las mesas elegirán democráticamente tres coordinadores/as, sin perjuicio que el Municipio designe un/a profesional responsable de apoyo técnico de la misma. Las mesas podrán, además, solicitar la participación de los responsables y/o profesionales de las distintas áreas del municipio para conocer el detalle de las materias propias de su interés.