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Artículo 42° del Decreto 5162

Modifica y actualiza ordenanza comunal de participación ciudadana y convivencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163577 / 10259150.

Texto oficial

Artículo 42°.- Las subvenciones deberán otorgar para financiar el ejercicio de los derechos establecidos en esta ordenanza, así como aquellas actividades que el Municipio deba financiar o promover, y aquellas que sean realizadas por las organizaciones reconocidas por esta ordenanza.