Texto oficial
Artículo 8.- El mobiliario del puesto de trabajo deberá reunir los siguientes requisitos como mínimo:
a) Las sillas deberán contar con respaldo para un adecuado apoyo lumbar y permitir la regulación de su altura. Asimismo, deberán contar con apoyabrazos regulables y estar provistas de un mínimo de cinco ruedas para su fácil movimiento.
Las dimensiones que debe tener el asiento serán las siguientes:
Medidas Rango (cm)
Ancho del asiento Mínimo de 46
Profundidad del asiento 41-45
b) Las mesas o escritorios sobre los cuales se colocan los equipos deberán tener bordes redondeados y sus dimensiones mínimas serán las siguientes:
Medidas Rango (cm)
Altura de la mesa 70 - 77
o escritorio
Ancho del escritorio Mínimo 90
Profundidad escritorio Mínimo 70