Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto 333

Aprueba reglamento del financiamiento institucional para la gratuidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1163967 · idParte: 10262152

Texto oficial

Artículo 4.- Previo cumplimiento de los requisitos, las instituciones estatales accederán al financiamiento para la gratuidad por el solo ministerio de la ley.