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Artículo 27 del Decreto 333

Aprueba reglamento del financiamiento institucional para la gratuidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163967 / 10262180.

Texto oficial

Artículo 27.- No obstante lo establecido en el literal a) del artículo anterior, los estudiantes podrán mantener el beneficio si cambian de carrera o programa de estudio en la misma institución. Asimismo, podrán conservar el beneficio si se cambian a otra institución de educación superior que accede al financiamiento institucional, de acuerdo con lo regulado en el párrafo 3° del título IV del presente reglamento. En ambos casos, sólo se conservará el beneficio respecto del primer cambio, ya sea de carrera o de institución.