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Artículo SEGUNDO transitorio del Decreto 333

Aprueba reglamento del financiamiento institucional para la gratuidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163967 / 10262210.

Texto oficial

Artículo segundo.- Respecto del requisito establecido en la letra b) del artículo 2 del presente reglamento, las instituciones que reciban el financiamiento institucional para la gratuidad a la fecha de publicación de este reglamento, tendrán como plazo hasta el 29 de mayo de 2021 para modificar los actos o contratos que hayan otorgado o celebrado para cumplir con lo establecido en los artículos 73 a 80 de la ley N° 21.091, para continuar recibiendo el financiamiento aludido.