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Artículo 3° del Decreto 1150 EXENTO

Aprueba programas de estudio de 1° y 2° básico para la asignatura de lengua y cultura de los pueblos originarios ancestrales, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1165330 / 10269648.

Texto oficial

Artículo 3°: Declárase "oficial" la edición del Ministerio de Educación de los programas de estudio correspondientes a las asignaturas de aprendizaje aprobados en el presente decreto, que el Ministerio de Educación pondrá a disposición de todos los establecimientos educacionales de educación básica del país, a través de su página web (www.mineduc.cl).