Texto oficial
Artículo 3°: Declárase "oficial" la edición del
Ministerio de Educación de los programas de estudio
correspondientes a las asignaturas de aprendizaje aprobados
en el presente decreto, que el Ministerio de Educación
pondrá a disposición de todos los establecimientos
educacionales de educación básica del país, a través de
su página web (www.mineduc.cl).