Texto oficial
Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Adecúa el código del trabajo al convenio sobre el trabajo marítimo de la organización internacional del trabajo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1165824 / 10272880.