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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 21.376

Adecúa el código del trabajo al convenio sobre el trabajo marítimo de la organización internacional del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1165824 / 10272881.

Texto oficial

Artículo segundo.- La resolución fundada a que se refiere el inciso final del artículo 115, incorporado por el número 4 del artículo único de esta ley, deberá emitirse en el plazo de nueve meses contado desde la publicación de esta ley.