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Artículo 1 del Decreto 263

Aprueba reglamento sobre concesiones provisionales y definitivas para la distribucion y el transporte de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 11688 / 8260956.

Texto oficial

Artículo 1°.- El procedimiento para el otorgamiento de concesiones para el servicio público de distribución de gas de red y de transporte de gas de red se regirá por las normas del decreto con fuerza de ley N° 323, del Ministerio del Interior, de 1931, en adelante D.F.L. N° 323, y por las disposiciones de este reglamento. Para los efectos de este reglamento se entenderá por gas de red, en adelante gas, todo fluido gaseoso combustible que se transporte o distribuya a través de redes de tubería, ya sea gas natural, gas obtenido del carbón, nafta o coque, propano y butano en fase gaseosa y cualquier otro tipo o mezcla de los anteriores.