Texto oficial
Artículo 5°.- Las solicitudes de concesiones
provisionales deberán ser presentadas a la Superintendencia
de Electricidad y Combustibles, en adelante la
Superintendencia, acompañadas de los siguientes
antecedentes y documentos:
1.- La identificación del solicitante, su razón
social, domicilio, Rol Unico Tributario, representante
legal, copia autorizada de los estatutos y de los
instrumentos en que conste la personería del representante
legal, copia autorizada de los documentos que acrediten su
nacionalidad chilena, si se tratare de personas naturales, o
copia autorizada de los documentos que acrediten su
constitución en conformidad a las leyes chilenas, si se
tratare de personas jurídicas;
2.- La clase de concesión provisional que se solicita,
incluyendo una descripción de los estudios y mediciones que
se ejecutarán;
3.- La indicación del plazo estimado que tomarán los
estudios y mediciones que se efectuarán, contado desde la
fecha en que se otorgue la concesión;
4.- Una memoria explicativa del proyecto;
5.- Tratándose de una solicitud de concesión
provisional de distribución, la delimitación de la zona en
que se realizarán los estudios y mediciones necesarios para
la preparación del proyecto definitivo de las obras,
debiendo adjuntarse, en todo caso, uno o más planos que
contengan la delimitación de dicha zona;
6.- Tratándose de una solicitud de concesión
provisional de transporte, la ubicación de los puntos de
origen y destino entre los que se proyecta realizar el
transporte de gas, las rutas consideradas para tal efecto,
su extensión estimada, y la delimitación de la franja de
terreno que siga la o las rutas previstas, donde se
realizarán los estudios y mediciones necesarios para la
preparación del proyecto definitivo de obras. Deberá
adjuntarse, en todo caso, uno o más planos que contengan el
trazado de dicha franja de terreno; y 7.- La
individualización de los bienes fiscales, municipales o
particulares que se verán afectados por los estudios y
mediciones, mediante el nombre del propietario y del predio,
si lo tuviere, y su rol de avalúos para efecto del impuesto
territorial o su inscripción en el Registro de Propiedad
del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Tratándose de
concesiones provisionales de transporte, tal información
deberá indicarse para cada una de las rutas especificadas
para unir los puntos de origen y destino considerados para
realizar transporte de gas.