Texto oficial
Artículo 10.- Sustitúyese, en el inciso tercero del artículo 51 del Código de Justicia Militar, la expresión "dos años" por "cuatro años".
Introduce reformas al sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1168803 / 10287462.