Texto oficial
Artículo 12. Restitución de garantías.- Al postor no adjudicatario se le restituirá su garantía en el plazo y en la forma indicada en las bases para la subasta.
Acta nº 263-2021
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1169564 / 10291003.