Texto oficial
Artículo 33.- Para los efectos de los gastos reservados asignados para el año 2022, el informe escrito a la Contraloría General de la República que, en virtud del inciso tercero del artículo 4 de la ley Nº 19.863, debe suscribirse en conjunto por el jefe de servicio y los jefes de las unidades operativas que tengan a su cargo gastos reservados deberá contar además con el visto bueno del ministro respectivo, indicado en el inciso segundo del señalado artículo.