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Artículo 57 de la Ley 21.405

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170283 / 10295491.

Texto oficial

Artículo 57.- Prorróganse los plazos señalados en los incisos primero y segundo del artículo 80 de la ley N° 21.306 hasta el 31 de mayo de 2022. Las instituciones exempleadoras deberán tomar las medidas para difundir la ampliación del plazo señalado en el inciso anterior respecto de sus exfuncionarios a que se refiere el artículo 80 de la ley Nº 21.306.