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Artículo 60 de la Ley 21.405

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170283 / 10295494.

Texto oficial

Artículo 60.- Incorpórase el siguiente artículo 14 en la ley Nº 20.986: "Artículo 14.- Si el funcionario o funcionaria fallece entre la fecha de su postulación para acceder a los beneficios de esta ley y antes de percibirlos, y siempre que cumpla con los requisitos para acceder a los mismos, éstos serán transmisibles por causa de muerte. Este beneficio quedará afecto a los cupos que establece el artículo 4.".