Texto oficial
Artículo 61.- A contar del 1 de enero de 2022, el
componente base a que se refiere el artículo 5 de la ley
Nº 19.553 será del 12 por ciento para el personal
perteneciente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de
los estamentos profesionales, técnicos, administrativos y
auxiliares o asimilados a ellos.