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Artículo 4 de la Ley 21.398 · Establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores

Establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170464 / 10296207.

Texto oficial

Artículo 4.- Introdúcense en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el decreto ley N° 825, de 1974, las siguientes modificaciones: 1. Reemplázase en el N° 2 del artículo 21, la frase "tres meses", las dos veces que aparece, por "seis meses". 2. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 70, la frase "tres meses" por "seis meses".".