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Artículo 1º del Decreto 5

Aprueba reglamento que fija estándares para la acreditación de colaboradores y para los programas de las líneas de acción del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170471 / 10296411.

Texto oficial

Artículo 1º. Del objeto. El presente reglamento tiene por objeto, por una parte, fijar los estándares para la acreditación de colaboradores del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, en adelante el "Servicio", y por otra, determinar los estándares de los programas de las líneas de acción para la protección especializada que deba garantizar el Servicio, sea que dichos programas se ejecuten por los mencionados organismos colaboradores o directamente por órganos del Estado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º ter de la ley Nº 20.530, la ley Nº 21.302 y la ley Nº 20.032. Estos constituyen los estándares técnicos y de calidad que debe cumplir el colaborador acreditado para los efectos de lo previsto en el ordinal ii) del inciso segundo del artículo 39 de la ley Nº 21.302. Con el propósito de brindar una protección especializada a la niñez y adolescencia de calidad y con enfoque de derechos, los estándares regulados deberán cumplirse en la forma y condiciones exigidas en el Título IV de este reglamento, y serán incorporados en la normativa aplicable a cada programa de protección especializada del Servicio mediante el acto administrativo que corresponda, conforme con lo dispuesto en el literal e), del artículo 6º de la ley Nº 21.302.