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Artículo 19 del Decreto 14

Aprueba reglamento que regula los mecanismos y procedimientos de participación y de exigibilidad de derechos del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170531 / 10296743.

Texto oficial

Artículo 19.- El niño, niña o adolescente o las personas de su confianza en los términos de lo previsto en el párrafo tercero de la letra p) del artículo 6 de la ley, podrán acceder en todo momento con su número identificador al registro de denuncias y reclamos para conocer su estado de tramitación y la unidad en la que se encuentra radicada.