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Artículo 22 del Decreto 14

Aprueba reglamento que regula los mecanismos y procedimientos de participación y de exigibilidad de derechos del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170531 / 10296746.

Texto oficial

Artículo 22.- El procedimiento de exigibilidad de derechos previsto en el presente párrafo deberá ser informado oportunamente con la debida antelación y adecuadamente promovido por el Servicio entre quienes tienen derecho a ejercerlos, a través de dispositivos virtuales y/o materiales, promoviendo su accesibilidad y comprensión por parte de los sujetos de atención del Servicio. Con todo, cuando el debido resguardo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes lo requieran, el/la Director/a Regional podrá disponer de medidas necesarias dentro del ámbito de su competencia, para cautelar debidamente el interés superior del niño, niña o adolescente.