Texto oficial
Artículo primero transitorio.- La primera designación de los asesores o asesoras previstos en el artículo 3º, se hará dentro de los sesenta días posteriores a la publicación de este decreto en el Diario Oficial.
Crea comisión asesora presidencial para la observación del cambio climático
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170756 / 10298472.