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Artículo 2 de la Ley 21.408

Modifica cuerpos legales que indica en materia de habitabilidad y clasificación de embarcaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1171343 / 10302085.

Texto oficial

Artículo 2.- Reemplázase el inciso cuarto del artículo 4 del decreto ley N° 2.222, de 1978, que sustituye la Ley de Navegación, por el siguiente: "Son naves mayores aquellas cuyo arqueo bruto es de cien o más y naves menores todas aquellas cuyo arqueo bruto es menor a cien.".