Texto oficial
Artículo primero.- El reglamento establecido en el artículo 1 de esta ley deberá dictarse en el plazo de seis meses contado desde su publicación.
Modifica cuerpos legales que indica en materia de habitabilidad y clasificación de embarcaciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1171343 / 10302087.