Saltar al contenido

Artículo 13 del Decreto 13

Aprueba reglamento de acreditación de los colaboradores del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1171467 / 10302810.

Texto oficial

Artículo 13.- En la siguiente sesión ordinaria después de la fecha de recepción de la propuesta de acreditación o a más tardar en la subsiguiente, el Consejo de Expertos la aprobará o rechazará, en los términos dispuestos en la letra g) del artículo 9 de la ley N° 21.302.