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Artículo 40 del Decreto 296

Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310389.

Texto oficial

Artículo 40.- En lo concerniente a las prohibiciones de ingreso asociadas al caso de los extranjeros que sean reconducidos a la frontera o reembarcados, debe estarse a lo regulado sobre dicho particular en el párrafo cuarto, del Título Sexto, del presente reglamento.