Texto oficial
Artículo 105.- El asilo diplomático se encuentra regulado por el Derecho Internacional y su otorgamiento será determinado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310466.