Texto oficial
Artículo 174.- El Consejo a que hace referencia el presente párrafo tendrá por objeto abordar los temas relacionados con lo dispuesto en el decreto supremo Nº 111, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención para reducir los casos de Apatridia, y el decreto supremo Nº 112, de 2018, de la misma Cartera de Estado, que promulga la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas.
Sus funciones principales serán adoptar acuerdos en relación con esta temática pudiendo proponer a las instancias competentes la adopción de medidas sobre el particular. De igual modo, corresponderá al Consejo la evacuación de informes técnicos que recomienden al Ministerio del Interior y Seguridad Pública aprobar o rechazar, según corresponda, las solicitudes de determinación de la calidad de apátrida presentada por interesados extranjeros.