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Artículo 181 del Decreto 296

Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310561.

Texto oficial

Artículo 181.- En el contexto de los procesos de modernización del Estado, y en aras de la necesaria observancia de los principios de servicialidad y coordinación, el Servicio adoptará las medidas necesarias para la digitalización de los trámites, y a la interoperabilidad con las entidades públicas que cuenten con información relevante respecto de los trámites y decisiones que competen al Servicio Nacional de Migraciones.