Texto oficial
Artículo primero.- La presente ley comenzará a regir a contar de seis meses transcurridos desde su publicación en el Diario Oficial.
Moderniza la gestión institucional y fortalece la probidad y la transparencia en las fuerzas de orden y seguridad pública
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172697 / 10311173.