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Artículo 1º del Decreto 66

Aprueba reglamento del registro nacional de micro, pequeñas y medianas empresas, a cargo de la subsecretaría de economía y empresas de menor tamaño del ministerio de economía, fomento y turismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1173548 / 10316487.

Texto oficial

Artículo 1º. Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas necesarias para el adecuado funcionamiento del Registro Nacional de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (en adelante, "Mipymes"), creado por el artículo 14 de la ley Nº 21.354 (en adelante, el "Registro"), cuya finalidad es incorporar en una sola plataforma los antecedentes actualizados de las Mipymes existentes en el país, para la realización de estudios, la entrega de información sobre políticas públicas, y el diseño de planes, programas e instrumentos de apoyo a las mismas. La incorporación al Registro será requisito para la entrega de beneficios por parte del Estado a las Mipymes, y habilitará al Estado para la entrega de información sobre políticas públicas e instrumentos de apoyo a las mismas. Para efectos de este Registro, la determinación del tamaño de la empresa se regirá por lo dispuesto en el artículo segundo de la ley Nº 20.416.