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Artículo 2° del Decreto 13

Aprueba nuevo reglamento orgánico del ministerio del medio ambiente y deja sin efecto el decreto n° 62, de 2014, de la misma institución

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174207 / 10321132.

Texto oficial

Artículo 2°.- La estructura orgánica del Ministerio del Medio Ambiente es la siguiente: a) El Ministro; b) El Subsecretario; c) Las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente; d) El Consejo Consultivo Nacional y los Consejos Consultivos Regionales; e) La División de Recursos Naturales y Biodiversidad; f) La División de Calidad del Aire; g) La División de Cambio Climático; h) La División Jurídica; i) La División de Información y Economía Ambiental; j) La División de Educación Ambiental y Participación Ciudadana; k) La División de Administración y Finanzas.