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Artículo 40 del Decreto 19

Aprueba reglamento de la ley n° 21.378, que establece monitoreo telemático en las leyes n° 20.066 y n° 19.968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174356 / 10322177.

Texto oficial

Artículo 40.- Registro de la eliminación. La eliminación de la información de que se trate debe ser registrada en un acta, que dé cuenta de la forma en que se ha cumplido con este procedimiento y del detalle de los documentos que han sido eliminados, la que será firmada por el responsable del banco de datos.