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Artículo 7 de la Ley 21.434

Autoriza a erigir monumentos o memoriales y crear museos en memoria de los héroes del riñihue

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174503 / 10323239.

Texto oficial

Artículo 7.- Si al concluir las obras de los monumentos, memoriales o museos quedaran excedentes de las erogaciones recibidas, deberán destinarse al fin que la comisión especial determine.".