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Artículo 6 de la Ley 21.434

Autoriza a erigir monumentos o memoriales y crear museos en memoria de los héroes del riñihue

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174503 / 10323238.

Texto oficial

Artículo 6.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones: a) Preparar las bases y efectuar el llamado a concurso público o contratar directamente, según lo estime conveniente. b) Determinar la ubicación exacta donde se localizarán los monumentos, memoriales y/o museos, según lo establecido en el artículo 2. c) Realizar la colecta pública dispuesta en el artículo 3, en coordinación con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. d) Resolver el concurso público mencionado en la letra a) precedente. e) Adquirir los bienes necesarios para emplazar y erigir los monumentos, memoriales y/o museos.