Texto oficial
Artículo 51.- La inscripción del título de propiedad
y de otros derechos reales sobre una unidad contendrá las
siguientes menciones:
1) La fecha de la inscripción.
2) La naturaleza y fecha del título, así como la
notaría en que se extendió.
3) Los nombres, apellidos y domicilios de las partes.
4) La ubicación y los deslindes del condominio a que
pertenezca la unidad.
5) El número y la ubicación que corresponda a la
unidad en el plano de que trata el artículo 49.
6) La firma del conservador.
7) En general, todas las demás formalidades que han de
cumplir los títulos que deben inscribirse, de acuerdo al
Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.