Saltar al contenido

Artículo 51 de la Ley 21.442 · Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria

Aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174663 / 10326545.

Texto oficial

Artículo 51.- La inscripción del título de propiedad y de otros derechos reales sobre una unidad contendrá las siguientes menciones: 1) La fecha de la inscripción. 2) La naturaleza y fecha del título, así como la notaría en que se extendió. 3) Los nombres, apellidos y domicilios de las partes. 4) La ubicación y los deslindes del condominio a que pertenezca la unidad. 5) El número y la ubicación que corresponda a la unidad en el plano de que trata el artículo 49. 6) La firma del conservador. 7) En general, todas las demás formalidades que han de cumplir los títulos que deben inscribirse, de acuerdo al Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.