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Artículo 7 de la Ley 5.248

Concede personalidad juridica a la comision administrativa compuesta del intendente de concepcion, el primer alcalde de la misma ciudad y el vicepresidente de la junta de beneficencia de concepcion, para que desempeñe la administración del fundo "hualpen"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1175442 / 10331909.

Texto oficial

Art. 7.o La Junta de Beneficencia de Concepción o la entidad que la reemplace en la atención del servicio de beneficencia pública o asistencia social deberá tener siempre un vicepresidente que desempeñará el cargo de miembro de la Comisión Administrativa del Parque Pedro del Río Zañartu.