Texto oficial
Artículo 1°.- Del Bono, monto y fecha.
Concédase un bono según las disposiciones de este
decreto, a las y los trabajadores de las Culturas, las Artes
y el Patrimonio, en adelante, el Bono, el cual ascenderá al
monto de $450.000.- (cuatrocientos cincuenta mil pesos) por
persona, con carácter de beneficio directo no reembolsable.
Cada persona tendrá derecho solo a un Bono, aun cuando el
beneficiario desempeñe más de un trabajo en el sector
cultural, artístico o patrimonial.
El Bono será pagado de una sola vez, a partir de la
fecha que será comunicada oportunamente por el Ministerio
de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Con todo, el
plazo máximo para cobrar el bono será hasta el día 28 de
diciembre del año 2022.