Texto oficial
Artículo primero.- La Estrategia Climática de Largo
Plazo presentada ante la Convención Marco de Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático el 3 de noviembre del año
2021 mantendrá su vigencia para todos los efectos legales y
deberá ser actualizada en el año 2030, de conformidad a
esta ley. Por su parte, los Planes de Acción Regional sobre
Cambio Climático que se encuentran en elaboración a la
fecha de publicación de esta ley, se entenderá que cumplen
con lo dispuesto en el artículo 11.