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Artículo 1° del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 20.254, que crea el instituto nacional de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1178929 / 10350803.

Texto oficial

Ley N° 20.254 Artículo 1°.- Créase el Instituto Nacional de Art. 1 Propiedad Industrial como servicio público funcionalmente D.O. 14.04.2008 descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de duración indefinida, cuyo domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer oficinas en otros lugares del país. El Instituto podrá usar indistintamente su denominación completa o la sigla INAPI. El Instituto constituye una institución fiscalizadora Ley N° 20.254 en los términos del decreto ley Nº 3.551, de 1981, y Art. 1 estará afecto al Sistema de Alta Dirección Pública D.O. 14.04.2008 establecido en la ley Nº 19.882. El Instituto quedará sometido a la supervigilancia del Ley N° 20.254 Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Art. 1 D.O. 14.04.2008 rismo. Ley N° 20.423 Art. 2 D.O. 12.02.2010